Lo último

    El día que Paquita la del Barrio le cantó a Pablo Escobar

    18 de febrero de 2025

    «¿Me estás oyendo inútil?» Por culpa de este hombre, Paquita la del Barrio empezó a cantarlas contra ellos

    18 de febrero de 2025

    ¿Qué fue del famoso restaurante «Casa Paquita» de Paquita la del Barrio en la colonia Guerrero?

    18 de febrero de 2025
    Ir al periódico
    Facebook Twitter Instagram
    Revista Viernes Cultural
    Banner votación para Mujer del Año
    Ir al periódico
    • Inicio
    • Moda
    • Belleza
    • Eventos
    • Pasarelas
    • Mujer del Viernes
    • Mujer del Año
    Banner votación para Mujer del Año
    Revista Viernes Cultural
    Home»Noticias»Legalizan el suicidio médicamente asistido en el país: así funcionará
    Noticias

    Legalizan el suicidio médicamente asistido en el país: así funcionará

    Redacción Periódico Hoy es ViernesPor Redacción Periódico Hoy es Viernes1 de junio de 20226 Lectura Mínima
    Facebook Twitter Pinterest LinkedIn WhatsApp Tumblr Email
    Compartir
    Facebook Twitter LinkedIn Pinterest Email

    Corte Constitucional amplió de nuevo el derecho a morir dignamente.

    En una decisión histórica, la Corte Constitucional legalizó el suicidio médicamente asistido (SMA) como uno de los procedimientos para acceder a la muerte digna en Colombia. En este procedimiento, a diferencia de la eutanasia, es el paciente quien ejecuta la acción de acabar con su vida.

    La decisión avala el SMA para los mismos requisitos en los que hoy es permitida una eutanasia: cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna, cuando manifieste expresamente su intención y la asistencia la preste un médico.

    La decisión se tomó con ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo, con votación 6-3. A Lizarazo lo acompañaron Alejandro Linares, Gloria Ortiz, Diana Fajardo y Natalia Ángel Cabo. En contra, votaron Cristina Pardo, Paola Meneses y Jorge Enrique Ibáñez.

    La determinación se produjo al estudiar una demanda presentada por Lucas Correa Montoya y Camila Jaramillo Salazar, del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que penaliza la inducción al suicidio, dando entre 16 y 36 meses de cárcel a quien induzca o apoye a una persona a suicidarse con la intención de poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal grave o incurable.

    El alto tribunal condicionó el artículo mencionado para dejar en claro que no es delito y que, al contrario, es un procedimiento constitucionalmente protegido la asistencia médica a la persona que manifieste su deseo de terminar su propia vida en las condiciones citadas.

    La demanda aseguraba que penalizar el SMA vulneró el derecho a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad al impedir el acceso a una ayuda médica para que las personas que así lo deseen pueden poner fin a su vida de una manera acompañada y protegida.

    «Algunas personas pueden preferir la eutanasia, unas veces porque no pueden causar su propia muerte y otras veces porque no quieren. En otros casos, las personas prefieren poner ellas mismas fin a sus vidas (suicidio médicamente asistido) y al hacerlo buscan tener la ayuda necesaria para lograrlo de forma segura, acompañada y protegida”, decía la demanda que señala que legalizar el procedimiento, se logra que este sea “transparente, acompañado, protegido y seguro”.

    Con esta decisión, Colombia se suma a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y a algunos estados de Estados Unidos en donde el SMA es legal. El año pasado, cuando se presentó la demanda, DescLAB tenía documentados 125 procesos investigativos entre 2010 y el primero de agosto de 2021 por el delito de inducción y/o ayuda al suicidio.

    De esos casos, el 29 % está activo (37 casos) y el restante 71 % está inactivo (88 casos). Y solo uno tuvo captura y condena, mientras que hay tres más en imputación de cargos y uno en acusación.

    POSICIÓN DESDE EL GOBIERNO

    Ante la Corte Constitucional, el Gobierno Nacional se opuso a las pretensiones de la demanda al indicar que, en su criterio, no se puede argumentar que la ayuda al suicidio proteja la vida digna, “pues lo cierto es que quien concurra en este delito afecta este bien jurídico”.

    “El derecho a morir dignamente no implica que las personas no tengan el deber de evitar los riesgos de la salud a otras personas, pues existe un deber fundamental de respeto a la vida ajena, en este punto”, agregó el Ministerio de Justicia hace unos meses al alto tribunal.

    Para la cartera, la Corte no debía hacer pronunciamiento alguno porque, en su criterio, la demanda presentada por DescLAB asimilaba erróneamente los delitos de inducción al suicidio y el homicidio por piedad y, por tanto, no cumplía con los requisitos para ser estudiada de fondo.

    “La primera (eutanasia) consiste en brindar ayuda efectiva por parte de un profesional médico para poner fin a la vida de la persona, destacando que es el mismo profesional médico quien realiza tal actividad. Diferente situación ocurre en el suicidio asistido, pues es la misma persona quien causa su muerte, ayudado por alguien que le proporciona los medios necesarios para hacerlo; esto puede ser brindando asesoramiento de dosis letales de medicamento”, dijo el Gobierno.

    Según el Ministerio, el delito de inducción al suicidio se justifica “en la medida en que se tiene que analizar la intervención de terceros en el acto suicida, atendiendo que la vida es un derecho disponible para su titular y solo él es quien decide lo que atañe a su propia existencia”.

    “En este sentido, cuando nos ubicamos en el tipo penal de inducción o ayuda al suicidio lo que se podría advertir es que existe una barrera legítima, que impide la intromisión por parte del Estado en las decisiones de los ciudadanos, siempre y cuando no se afecten derechos ajenos, y su tipificación respondería al deber de todo ciudadano de no afectar la vida ajena”, señaló el ministerio, que aseguró que el delito de inducción al suicidio, como está contemplado, no vulnera el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad.

    El Ministerio de Salud, por su parte, le envió a la Corte Constitucional un concepto técnico y argumentó que legalizar el SMA en Colombia debía hacerse por la vía del Congreso, en atención a la “complejidad que supondría la inclusión del SMA como proceso asistencial en el Sistema General de Seguridad Social en Salud”.

    Para el Ministerio de Salud, “llevar a la prestación de servicios el SMA, requiere de una estructura de prestación de servicios, primordialmente de acceso a medicamentos y red de prestación para su dispensación, vigilancia y control, diferente a la que se usa en eutanasia”.

    Para la cartera, el SMA también necesitaría de una “definición contextual” y de “revisiones operativas diferenciadas”, lo que, en su criterio, “lleva a cuestionar si se requiere realmente de otra alternativa” cuando ya es posible la eutanasia para las mismas circunstancias en las que la demanda pide legalizar el SMA.

    “Las divergencias entre las opciones para el ejercicio de derechos al final de la vida en ponderación con las libertades individuales y la solidaridad en el marco del sistema general de seguridad social en salud del país, deben ser revisadas de manera contextual y sobre la realidad de capacidad instalada en tecnologías en salud, lo que incluye el conocimiento disponible para la atención, pues de ello depende la garantía de acceso a las opciones mínimas de alivio”, dijo el Ministerio.

    «Incluir una opción adicional por vía despenalización impacta la manera en la que se va a desarrollar”, dijo el Ministerio en referencia al fallo de la eutanasia de 2021 que amplió el procedimiento a pacientes no terminales.

    El Ministerio aseguró que el derecho a morir con dignidad “no contiene alternativas infinitas” y, por ello, “afirmar que el SMA es una opción igual a la eutanasia es desconocer las diferencias conceptuales, procedimentales y asistenciales”.

    En ese sentido, la cartera insistió que el tema debería ser objeto de debate en el Congreso y no del resultado de un fallo judicial.

    Compartir Facebook Twitter Pinterest LinkedIn WhatsApp Tumblr Email
    Redacción Periódico Hoy es Viernes

    Elija como fuente informativa a Periódico Hoy es Viernes y Revista Viernes Cultural

    Publicaciones Relacionadas

    Noticias 18 de febrero de 2025

    El día que Paquita la del Barrio le cantó a Pablo Escobar

    Estilo de Vida- 18 de febrero de 2025

    «¿Me estás oyendo inútil?» Por culpa de este hombre, Paquita la del Barrio empezó a cantarlas contra ellos

    Estilo de Vida- 18 de febrero de 2025

    ¿Qué fue del famoso restaurante «Casa Paquita» de Paquita la del Barrio en la colonia Guerrero?

    Revista Viernes 14 de febrero de 2025

    ¡Ya está aquí la edición 106 de Revista Viernes Cultural!

    Revista Viernes 17 de enero de 2025

    ¡Ya está circulando la edición #106 de la revista Viernes Cultural!

    Belleza 6 de enero de 2025

    Yorly Azcaño, Señorita Santander 2025: Un legado de belleza y tradición en el Reinado Nacional de la Panela

    Dejar Una Respuesta Cancel Reply

    No Te Lo Pierdas
    Noticias 18 de febrero de 2025

    El día que Paquita la del Barrio le cantó a Pablo Escobar

    Este 17 de febrero de 2025 se dio la triste noticia de la muerte de Paquita la…

    «¿Me estás oyendo inútil?» Por culpa de este hombre, Paquita la del Barrio empezó a cantarlas contra ellos

    18 de febrero de 2025

    ¿Qué fue del famoso restaurante «Casa Paquita» de Paquita la del Barrio en la colonia Guerrero?

    18 de febrero de 2025

    ¡Ya está aquí la edición 106 de Revista Viernes Cultural!

    14 de febrero de 2025
    Mantente en Contacto
    • Facebook
    • Twitter
    • Pinterest
    • Instagram
    Acerca
    Acerca

    Revista viernes cultural. Magazine dedicado a la Mujer, emprendimiento, Negocios, empresas y homenaje y Exaltación que demuestra al mundo su fuerza interior.

    Nuestros Recomendados

    El día que Paquita la del Barrio le cantó a Pablo Escobar

    18 de febrero de 2025

    «¿Me estás oyendo inútil?» Por culpa de este hombre, Paquita la del Barrio empezó a cantarlas contra ellos

    18 de febrero de 2025
    Nuevos Comentarios
    • Jesus Herrera en En Zipaquirá / María Fernanda Aristizábal es coronada oficialmente como Miss Universe Colombia 2022
    • Jesus Herrera en COLOMBIAMODA 2022: TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE LA FERIA DE LA MODA LATINA
    Facebook Instagram TikTok YouTube
    © 2025 Revista Viernes Cultural. Desarrollado con pasión por Ideas Llaneras.

    Type above and press Enter to search. Press Esc to cancel.